Se ha elevado el límite exento de la obligación de aportar garantías en aplazamientos/fraccionamientos de deudas con Hacienda

Le informamos que de acuerdo con la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre (BOE 20-10-2015), desde el día 21 de octubre , no se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas gestionadas por la AEAT y por los órganos u organismos de la Hacienda Pública estatal cuando su importe conjunto no exceda de 30.000 euros (antes era de 18.000 euros) y se encuentren tanto en período voluntario como en período ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud.

Atención. El anterior límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento que estaba fijado en 18.000 euros, continuará rigiéndose para las solicitudes en tramitación por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.

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