REGLAS ESPECIALES DE CUANTIFICACIÓN DE RENTAS DERIVADAS DE DEUDA SUBORDINADA O DE PARTICIPACIONES PREFERENTES EN EL IRPF

Con efectos desde el 1 de enero de 2013, se establecen reglas especiales de cuantificación de las rentas derivadas de deuda subordinada o de participaciones preferentes de contribuyentes que perciban a partir de esa fecha compensaciones de las entidades emisoras de dichos activos como consecuencia de acuerdos. También se da la posibilidad de solicitar la rectificación de autoliquidaciones prescritas cuando el titular de estos activos hubiera obtenido una sentencia de nulidad de los contratos y hubiera consignado rendimientos de los mismos.

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