Las pensiones no contributivas de jubilación e invalidez y los perceptores del Ingreso Mínimo Vital (IMV) mantienen el incremento extraordinario del 15% que se aprobó el pasado mes de julio. Recuerde que la cuantía del IMV para el beneficiario individual o la unidad de convivencia será la diferencia entre la renta garantizada y el conjunto de rentas e ingresos de tales personas.
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