Está obligado a presentar INTRASTAT, y a suministrar información estadística a través de la declaración, las personas físicas o jurídicas que están sujetas al IVA, intervienen en un intercambio de bienes con otro Estado miembro de la Unión Europea, y superan los umbrales de exención establecidos para el periodo de referencia (actualmente 400.000 euros). El suministro de servicios está excluido del sistema Intrastat.
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