La reforma del Impuesto sobre Sucesiones en Cataluña contenida en la reciente aprobación de la Ley 2/2014 de medidas fiscales no modifica el tipo de gravamen, pero sí se reduce de forma progresiva la bonificación del 99% que hasta ahora disfrutaban los hijos, nietos y ascendientes que reciben bienes por herencia. En caso de adquisiciones por los cónyuges o miembros de la pareja estable, se mantiene la bonificación del 99%.
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