Con efectos desde el pasado 31 de enero de 2014, se introducen una serie de modificaciones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITP y AJD) aplicable en Cataluña, destacando la regulación por primera vez de la tributación de los arrendamientos (se aprueba un tipo fijo y se introduce el régimen de autoliquidación del impuesto, que sustituye a los efectos timbrados utilizados hasta ahora como medio de pago) así como el plazo de presentación de la autoliquidación cuando se han de declarar de manera conjunta determinadas operaciones.
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