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APROBADA LA REDUCCIÓN DEL TIPO DE RETENCIÓN DEL 15% PARA LOS CONTRIBUYENTES QUE OBTENGAN DETERMINADOS RENDIMIENTOS DE ACTIVIDADES PROFESIONALES (Demo)

El porcentaje de retención sobre rendimientos de actividades profesionales en el IRPF, que en la actualidad está establecido, con carácter general, en el 21% de los ingresos íntegros será, desde el pasado 5 de julio de 2014, del 15% cuando el volumen de rendimientos íntegros de esas actividades del ejercicio anterior sea inferior a 15.000€ y represente más del 75% de la suma de rendimientos del trabajo y de actividades económicas.

 

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