En una reciente consulta, la Dirección General de Tributos (DGT) ha cambiado la interpretación respecto de la aplicación del régimen especial del Impuesto sobre Sociedades para las reestructuraciones empresariales y afirma que sólo podrá regularizarse la ventaja fiscal perseguida cuando haya quedado acreditado que la operación realizada tuviera como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal distinta del diferimiento en la tributación de las rentas generadas.
EL CONCEPTO DE VENTAJA FISCAL EN SUPUESTOS CONCRETOS DE RESTRUCTURACIÓN EMPRESARIAL (Demo)
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