Se mantiene la estructura de la del año 2012, y conserva en relación con el IRPF la reducción general del 5% del rendimiento neto de módulos para todos los contribuyentes (tanto para actividades agrícolas, ganaderas y forestales como para el resto de actividades) que determinen el mismo por el método de estimación objetiva en 2013, y se introducen algunas novedades en relación con la exclusión del método de estimación objetiva del IRPF.
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