El Tribunal Supremo cambia doctrina en relación a las indemnizaciones por extinción de contrato de alta dirección, estableciendo en su sentencia de 5 de noviembre de 2019, que están exentas de IRPF las indemnizaciones satisfechas a los altos directivos por desistimiento del empresario hasta el importe de siete días por año de servicio con el límite de seis mensualidades.
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