Se concederá el aplazamiento del ingreso de la deuda tributaria correspondiente a todas aquellas declaraciones y liquidaciones y autoliquidaciones cuyo plazo de presentación e ingreso finalice desde el día 1 de abril hasta el día 30 de abril de 2021, ambos inclusive. Se extiende hasta seis meses, de los cuales los cuatro primeros serán sin intereses.
DESCARGAR CIRCULAR
No comments yet.