Le recordarmos que el próximo día 1 de enero de 2015 entra en vigor la aplicación de la Disposición Transitoria 3º de la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994). Dicha disposición tiene el efecto legal de FINALIZAR Y EXTINGUIR con efectos 1 de enero de 2015, los contratos de arrendamiento distinto a vivienda (local comercial, etc.) suscritos con anterioridad a 9 de mayo de 1985, para actividades comerciales, sólo en los siguientes supuestos:
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