En cumplimiento de lo dispuesto en la Disposición Transitoria Tercera de la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero; se permite a los trabajadores incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos que, a 1 de enero de 2024 viniesen cotizando por la base máxima del tramo 11 y 12 de la tabla general para el año 2023 equivalente a 4.495,50 euros (cuota de 1.402,59), la posibilidad de elegir, con efectos 1 de enero 2024, cualquier base de cotización que se encuentre comprendida entre la base por la que viniesen cotizando (4.495,50 euros) y la base máxima del tramo 11 y 12 de la tabla general que, para el año 2024, establece la citada Orden (4.720,50 euros). Si es su caso póngase en contacto con este despacho. Gracias
NUEVO TRAMITE DE SOLICITUD DE BASE DE COTIZACION MAXIMA (Demo)
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